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En fechas recientes, la Fiscalรญa Especializada en Delitos Contra las Mujeres, Feminicidio, Familia y Trata de Personas dictรณ la actualizaciรณn formal de las medidas de protecciรณn conducentes. Mediante esta resoluciรณn jurรญdica, se determinรณ de manera oficial que dos niรฑos y una adolescente permanezcan bajo la tutela directa, cuidado continuo y absoluta responsabilidad de este organismo asistencial.

Esta determinaciรณn derivรณ de la oportuna y coordinada intervenciรณn de la Procuradurรญa de niรฑas, niรฑos y adolescentes la cual atendiรณ con prontitud diversos reportes ciudadanos sobre posibles agresiones o violaciones a las garantรญas de los menores. Tras recibir las alertas, el personal institucional activรณ los protocolos de emergencia y consignรณ los expedientes ante las autoridades ministeriales para iniciar los procedimientos legales de protecciรณn.

Durante toda su estancia en el refugio temporal, el DIF Municipal provee a los menores un esquema de atenciรณn integral enfocado en preservar sus derechos humanos fundamentales. Los infantes disponen de acceso garantizado a servicios mรฉdicos, alimentaciรณn balanceada, educaciรณn, vestimenta y un espacio digno, alineรกndose plenamente con el artรญculo 4ยฐ constitucional y las leyes generales y estatales en la materia.

Las instalaciones dispuestas para albergar a los tres menores de edad operan bajo el mรกs estricto apego a los estรกndares normativos y de seguridad exigidos por la ley. Cabe destacar que este inmueble cuenta con la acreditaciรณn jurรญdica formal gracias a un acuerdo de validez oficial aprobado previamente en sesiรณn de Cabildo, lo que respalda su funcionamiento legรญtimo a cargo del gobierno municipal.

De forma complementaria, el organismo aclara que, en un expediente jurรญdico totalmente independiente a los hechos anteriores, otro menor de edad se encuentra bajo el resguardo de la instituciรณn. El estatus legal y de custodia de este infante es objeto de un anรกlisis minucioso y riguroso ante dos instancias judiciales y administrativas, encargadas de determinar su situaciรณn legal definitiva.

Con base en los artรญculos 64 y 67 de la Ley Nรบmero 573 de los Derechos de Niรฑas, Niรฑos y Adolescentes del Estado de Veracruz, la Procuradurรญa mantiene un compromiso inquebrantable con la confidencialidad de los datos personales de los tutelados. Por estrictas razones de seguridad y respeto a los derechos humanos, queda prohibida la divulgaciรณn de cualquier dato, imagen o narrativa que facilite su identificaciรณn en el espacio pรบblico.

Para concluir, y en apego al artรญculo 122, fracciรณn III de la legislaciรณn estatal, el DIF de Ixhuatlรกn del Sureste mantendrรก el seguimiento tรฉcnico y la ejecuciรณn permanente de estas herramientas de protecciรณn. La meta prioritaria de la administraciรณn 2026-2029 sigue firme en la restituciรณn total de los derechos de la infancia vulnerable, bajo la guรญa del lema institucional “Construyamos con Amor”


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